Para la mayoría de los solicitantes, aprobar el examen CCSE —y, si no procedes de un país hispanohablante, también el DELE A2— es un paso más en el camino hacia la nacionalidad española. Para otros es un muro: personas de edad avanzada que apenas fueron escolarizadas, personas con discapacidad o con dificultades serias de aprendizaje, personas que no saben leer ni escribir. La ley prevé una salida para estos casos, la dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes, pero no se concede de forma automática: hay que solicitarla antes de presentar la nacionalidad, motivarla jurídicamente y acreditarla con documentos.
Ahí es donde fallan muchas de las solicitudes que llegan denegadas a nuestro despacho: escritos genéricos, sin fundamentación legal y sin prueba suficiente del supuesto alegado. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública deniega las dispensas mal planteadas, y cada denegación supone meses perdidos y, con frecuencia, un expediente de nacionalidad paralizado.
En Lexmovea Abogados (ICAS Sevilla nº 15702) tramitamos tu dispensa del examen de nacionalidad de principio a fin: estudiamos tu caso, preparamos la documentación, redactamos el escrito motivado, lo presentamos ante el Ministerio de Justicia y te acompañamos hasta la resolución.
Qué es la dispensa y quién puede pedirla
La dispensa es la exención, total o parcial, de la obligación de superar las pruebas CCSE y DELE A2 exigidas por el artículo 6 del Real Decreto 1004/2015. Su tramitación está regulada en el artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016, en la redacción dada por la Orden JUS/1018/2022. Los supuestos habituales son:
- No saber leer ni escribir: es el supuesto expresamente previsto en la norma. Lo explicamos en detalle en dispensa por analfabetismo.
- Dificultades de aprendizaje acreditadas con informes médicos o psicopedagógicos.
- Discapacidad que impida realizar las pruebas incluso con los ajustes que ofrece el Instituto Cervantes: ver dispensa por discapacidad.
- Edad avanzada: la norma no fija una edad automática; en la práctica, los mayores de 70 años obtienen la dispensa cuando acreditan que su edad y circunstancias personales les impiden preparar los exámenes. Precisamente por no ser automática, la motivación del escrito es decisiva.
Dos matices importantes. Primero: si superaste en España la ESO, Bachillerato, FP o estudios universitarios, no necesitas dispensa, sino aportar tus títulos al expediente (nacionalidad por estudios en España). Segundo: los nacionales de países iberoamericanos ya están exentos del DELE A2 por ley y solo deben ocuparse del CCSE. Tienes el mapa completo de exenciones en nacionalidad española sin examen.
Qué incluye nuestro servicio de dispensa
- Estudio de viabilidad: analizamos si tu situación encaja en alguno de los supuestos legales y con qué prueba contamos. Si no vemos recorrido, te lo decimos con claridad y valoramos alternativas (preparar el CCSE, ajustes de examen, exenciones).
- Plan documental personalizado: lista concreta de certificados e informes que necesitas, revisando cada documento antes de presentarlo.
- Escrito de solicitud motivado: redactado por un abogado, con la base legal aplicable y la argumentación adaptada a tu caso. Es la pieza que distingue una dispensa bien planteada de un formulario genérico.
- Presentación telemática ante la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, con justificante de registro.
- Seguimiento hasta la resolución: contestamos requerimientos de subsanación y coordinamos la dispensa con tu solicitud de nacionalidad por residencia para respetar el orden correcto de los trámites.
- Si la dispensa se deniega, estudiamos la viabilidad del recurso y te proponemos el camino más razonable.
Sobre el precio: no publicamos tarifas estándar porque no hay dos dispensas iguales. Tras revisar tu caso en la consulta, recibes un presupuesto cerrado por escrito, con todo incluido y sin sorpresas posteriores.
Cómo trabajamos, paso a paso
- Consulta online (49 €). Videollamada o teléfono con un abogado. Analizamos tu situación, te decimos si la dispensa es viable y qué supuesto conviene alegar.
- Presupuesto cerrado por escrito. Si decides encargarnos el trámite, sabes desde el primer día cuánto cuesta el servicio completo.
- Recopilación de documentación. Te entregamos la lista de documentos de tu caso y revisamos cada uno (traducciones y legalizaciones incluidas en la revisión).
- Redacción del escrito motivado con la fundamentación jurídica y la prueba organizada.
- Presentación telemática ante el Ministerio de Justicia y entrega del justificante.
- Seguimiento del expediente hasta la resolución, con respuesta a cualquier requerimiento.
Qué documentación aportas tú
Depende del supuesto. A título orientativo (la lista definitiva se concreta en la consulta):
| Supuesto | Documentación orientativa |
|---|---|
| Edad avanzada (mayores de 70) | Pasaporte y TIE, empadronamiento, informes médicos si existen, acreditación de escolarización escasa |
| Discapacidad | Certificado oficial de grado de discapacidad, informes médicos que describan la limitación para examinarse |
| Analfabetismo | Certificado de escolarización nula o insuficiente del país de origen, declaración del interesado, informes complementarios |
| Dificultades de aprendizaje | Informes médicos, psicológicos o psicopedagógicos actualizados |
Nosotros nos encargamos de que cada documento diga lo que tiene que decir: un informe médico que no conecta la patología con la imposibilidad de examinarse, por ejemplo, es una de las causas más frecuentes de denegación.
Plazos y orden de los trámites
La dispensa debe solicitarse antes de presentar la solicitud de nacionalidad o de forma simultánea; presentarla tarde puede paralizar el expediente. El Ministerio dispone de un plazo máximo de 6 meses para resolver y, si no contesta, el silencio es desestimatorio, por lo que conviene vigilar el expediente y no dar nada por concedido.
La resolución la dicta la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y pone fin a la vía administrativa: frente a una denegación cabe recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa, opciones que estudiamos caso por caso, igual que hacemos con los recursos por denegación de nacionalidad.
Por qué encargar tu dispensa a Lexmovea
Trabajamos en extranjería y nacionalidad desde 2015, con más de 3.500 expedientes tramitados y más de 450 nacionalidades concedidas. No prometemos resultados —ningún despacho serio puede hacerlo en un trámite que la Administración resuelve caso por caso—, pero sí un estudio honesto de viabilidad, un escrito motivado hecho por abogados y un interlocutor que responde durante todo el procedimiento.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la dispensa yo mismo, sin abogado?
Sí, es un trámite que puede presentar el propio interesado. El problema no es presentarla, sino que prospere: las solicitudes genéricas, sin motivación jurídica ni prueba bien construida, se deniegan con frecuencia. Nuestro trabajo consiste precisamente en fundamentar el supuesto y en que la documentación acredite lo que la norma exige.
¿Cuánto cuesta que tramitéis mi dispensa?
La consulta inicial cuesta 49 €. Después de revisar tu caso recibes un presupuesto cerrado por escrito para el servicio completo. La solicitud de dispensa no tiene tasa administrativa propia; la tasa 790-026 de la nacionalidad (104,05 €) se abona aparte cuando presentes tu expediente.
¿Cuánto tarda en resolverse la dispensa?
El plazo máximo legal es de 6 meses. Los tiempos reales varían y ningún despacho puede comprometer una fecha. Si el plazo vence sin respuesta, el silencio es desestimatorio y valoramos contigo los pasos siguientes.
¿La dispensa cubre los dos exámenes o solo uno?
Puede ser total o parcial: de la prueba CCSE, del DELE A2 o de ambas, según lo que se solicite y acredite. Recuerda que los nacionales de países iberoamericanos ya están exentos del DELE por ley, así que en su caso la dispensa solo tiene sentido respecto al CCSE.
¿Qué pasa si me deniegan la dispensa?
Estudiamos el motivo de la denegación. A veces conviene recurrir; otras veces es más práctico reforzar la prueba y volver a plantearla, o preparar el CCSE con apoyo (puedes practicar con nuestro simulador CCSE). Te propondremos la opción con más sentido en tu caso, no la más cara.
¿Puedo presentar la nacionalidad mientras se resuelve la dispensa?
La dispensa debe pedirse antes o a la vez que la solicitud de nacionalidad. Coordinar ambos trámites es parte de nuestro servicio: un error de orden puede dejar el expediente bloqueado durante meses.