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Nacionalidad Española por 10 Años de Residencia

Plazo general para cualquier extranjero. 10 años de residencia legal continuada en España para solicitar la nacionalidad. Tramitamos el expediente íntegramente, sin viajar.

✓ Plazo general✓ Cualquier país✓ Sin viajar

Nacionalidad por residencia de 10 años

Es el plazo general previsto en el artículo 22.1 del Código Civil para cualquier extranjero que no encaje en ninguno de los supuestos de plazo reducido. Se aplica a nacionales de países como Estados Unidos, Reino Unido, China, Marruecos, Rusia, Ucrania, Pakistán, Senegal, Nigeria, India y la mayoría de países del mundo.

Requisitos clave para nacionalidad española por 10 años

  • 10 años de residencia legal ininterrumpida en España inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Mayoría de edad o emancipación.
  • Certificados de antecedentes penales españoles y del país de origen.
  • CCSE y DELE A2 (salvo hispanohablantes nativos o titulados en sistema educativo español).
  • Acreditación de integración (empadronamiento, vida laboral, arraigo comunitario y familiar).

¿Debo renunciar a mi nacionalidad actual?

Sí, con carácter general debes declarar renuncia en el acto de jura ante el Registro Civil. En la práctica, la renuncia declarativa ante el Registro Civil español no siempre tiene efectos en el país de origen, por lo que muchos extranjeros mantienen "de facto" la doble nacionalidad. Aconsejamos siempre valorar este punto con abogado especializado.

Proceso completo: 10 años a nacionalidad española

Evaluación inicial gratuita

Revisamos tu documentación, empadronamiento, trabajo y antecedentes. Te damos plazo real y probabilidades de éxito.

Checklist documental

Lista exacta según tu país. Coordinamos apostillas, traducciones juradas y certificados.

Preparación del expediente

Documentación de integración: vida laboral, vivienda, empadronamiento histórico completo, arraigo social.

Presentación telemática

Con firma digital presentamos ante el Ministerio de Justicia. Monitorización constante.

Seguimiento y subsanaciones

Respondemos sin coste adicional a cualquier requerimiento.

Jura y DNI

Te acompañamos al acto de jura para obtener DNI y pasaporte españoles.

Documentación para la nacionalidad de 10 años

  • Pasaporte completo en vigor (todas las páginas).
  • TIE o certificado de residencia UE en vigor.
  • Certificado literal de nacimiento apostillado y traducido jurado.
  • Certificados de antecedentes penales — España + país de origen (no más de 3 meses).
  • Empadronamiento histórico y actual — 10 años de residencia ininterrumpida.
  • CCSE aprobado (Instituto Cervantes) — 85 € / 25 preguntas / 15 aciertos mínimo.
  • DELE A2 solo si no eres hispanohablante nativo ni titulado en español.
  • Documentación de arraigo — Contrato laboral, vida laboral, contrato de alquiler o propiedad, certificado de estudios, etc.
  • Justificante de tasa 026 pagada.

Plazo y costes

  • Duración: 12-24 meses desde presentación.
  • Tasa judicial (026): 275 €.
  • Honorarios abogado + procurador: presupuesto cerrado a medida.
  • Costas: normalmente ninguna (se estima que no existen gastos).
LM

Revisado por abogado colegiado ICAS (Sevilla)

Contenido del equipo legal de Lexmovea Abogados, colegiados del ICAS, especialistas en exclusiva en Nacionalidad y Extranjería.

ICAS · Colegiado nº 15702Ver ficha del abogado →

Preguntas frecuentes sobre nacionalidad española 10 años

¿Cuentan los años con NIE de estudiante para los 10 años?

No completos. Los periodos como estudiante cuentan al 50%, por lo que 2 años de estudiante equivalen a 1 año a efectos de nacionalidad.

¿Sirve el arraigo social para acumular esos 10 años?

Sí, siempre que después se haya convertido en residencia legal con TIE. Los años de arraigo social computan como residencia legal desde su concesión.

¿Los años con tarjeta comunitaria familiar cuentan?

Cuentan íntegramente. La tarjeta de familiar de UE es residencia legal a todos los efectos en España.

¿Se puede acelerar el plazo de residencia de 10 años?

El plazo de residencia no se puede reducir salvo que cambies de supuesto (matrimonio con español, refugiado…). Pero sí se puede acelerar la tramitación del expediente una vez presentado.

¿Debo viajar a España para tramitar la nacionalidad?

No, salvo para la jura. Con firma digital presentamos todo online desde el extranjero.

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