¿Qué significa acelerar la nacionalidad española?
"Acelerar" la nacionalidad española engloba varios mecanismos legales para forzar al Ministerio de Justicia a resolver un expediente que lleva más tiempo del legalmente permitido. El principal es el recurso contencioso-administrativo por silencio negativo, que se interpone ante la Audiencia Nacional transcurridos 12 meses desde la presentación sin resolución expresa.
La Audiencia Nacional ha reconocido en numerosas sentencias que el retraso sistemático del Ministerio vulnera el derecho a obtener resolución en plazo (art. 21 Ley 39/2015) y obliga a resolver en plazo breve, normalmente 3-6 meses desde la sentencia.
¿Cuándo puedo acelerar mi nacionalidad?
- Desde el día 366 tras la presentación del expediente (cumplido el plazo legal de 12 meses).
- Durante los 6 meses siguientes al silencio — Plazo preclusivo para interponer el recurso.
- Si te han denegado — En lugar de acelerar, debes recurrir la denegación (2 meses).
Opciones para acelerar
1. Recurso contencioso por silencio
El método más efectivo. Audiencia Nacional. Obliga a Justicia a resolver en 3-6 meses. Tasa 200€ y costas a favor si se estima.
2. Queja al Defensor del Pueblo
Gratuito. Útil como medida de presión, pero no vincula a Justicia. Complementario al contencioso.
3. Escrito de impulso
Requerimiento formal al Ministerio. Raramente acelera por sí solo, pero acredita diligencia.
Nuestra recomendación: si superas los 12 meses, el recurso contencioso-administrativo es la vía más rápida y con mayor probabilidad de éxito. El 92% de los recursos por silencio que interponemos concluyen con resolución del expediente en menos de 6 meses desde la admisión.
Proceso de aceleración paso a paso
Comprobación de plazo y estado
Verificamos que han transcurrido más de 12 meses y consultamos el estado actual del expediente mediante firma digital.
Poder general para pleitos
Firmas un poder notarial (apud acta online gratuito o notarial). Con él presentamos el recurso en tu nombre.
Interposición del recurso
Presentamos demanda en la Audiencia Nacional dentro del plazo de 6 meses. Abogamos por auto de admisión y requerimiento al Ministerio.
Requerimiento al Ministerio
La Audiencia da 20 días al Ministerio para remitir el expediente. En esta fase el Ministerio frecuentemente resuelve ya en sentido favorable, archivándose por satisfacción extraprocesal.
Sentencia
Si no resuelven, la Audiencia dicta sentencia obligando a resolver en plazo perentorio (2-3 meses).
Jura y nacionalización
Concedida la nacionalidad, pasamos a la jura y a la inscripción en el Registro Civil para obtener DNI y pasaporte.
Costes de la aceleración
- Tasa judicial: 200 € (fija) a favor de la Administración de Justicia.
- Honorarios de abogado: presupuesto cerrado según complejidad. Consulta gratuita.
- Procurador: obligatorio en Audiencia Nacional.
- Costas procesales: si se estima el recurso, normalmente se imponen al Ministerio.
El coste se recupera en tiempo: cada mes adicional esperando es un mes sin los derechos de la nacionalidad (voto, pasaporte, libre circulación UE, funcionariado).
Preguntas frecuentes sobre la aceleración
¿Cuánto tarda la aceleración por recurso contencioso?
Entre 3 y 6 meses desde la interposición en Audiencia Nacional. En muchos casos el Ministerio resuelve en cuanto es requerido, sin necesidad de llegar a sentencia.
¿El recurso puede perjudicar mi expediente?
No. El recurso no influye negativamente en el fondo. Justicia valora los mismos requisitos con o sin recurso; simplemente le obligan a hacerlo ya.
¿Qué pasa si me deniegan durante el recurso?
Ampliamos el recurso a la denegación material. El procedimiento continúa ante la Audiencia Nacional y discutimos el fondo del asunto.
¿Puedo acelerar con menos de 12 meses?
No por la vía del silencio. Antes del año solo cabe escrito de impulso o queja al Defensor del Pueblo.
¿Necesito venir a España?
No. Con poder apud acta online o notarial podemos representarte íntegramente desde cualquier país.