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¿Quién está exento del DELE A2 para la nacionalidad española?

Lista completa y verificada en el BOE de quién no tiene que hacer el examen de español: países hispanohablantes, diplomas previos, títulos de idiomas y estudios en España. Y el matiz que casi nadie cuenta: estar exento del DELE no te libra del CCSE.

Para obtener la nacionalidad española por residencia hay que acreditar un grado suficiente de integración, y la ley lo traduce en dos exámenes del Instituto Cervantes: el DELE A2 (idioma) y el CCSE (cultura y Constitución). Pero no todo el mundo tiene que pasar por el DELE: hay grupos enteros de solicitantes exentos del DELE A2 para la nacionalidad por mandato directo de la norma.

La exención no es un favor administrativo ni depende del funcionario que revise tu expediente: está escrita en el Real Decreto 1004/2015 y en la Orden JUS/1625/2016 que lo desarrolla. Si estás en uno de los supuestos, no tienes que inscribirte, no tienes que pagar la tasa del examen (unos 138 € en 2026) y no tienes que pedir permiso a nadie: basta con acreditar tu situación en el propio expediente.

En esta guía repasamos, con la base legal verificada, quién está exento del DELE A2, qué documentos lo prueban y el error más frecuente que vemos en el despacho: confundir la exención del DELE con la del CCSE, que son cosas distintas.

Qué dice la ley: la exención está en el RD 1004/2015

El artículo 6 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, regula cómo se acredita la integración en la sociedad española. Su apartado 6.5 dispensa de la prueba de idioma a dos grupos: quienes ya tienen un diploma DELE de nivel A2 o superior y los nacionales de los países y territorios donde el español es idioma oficial. El apartado 6.6 añade a los menores de 18 años y a las personas con capacidad modificada judicialmente, que quedan fuera de ambas pruebas.

La Orden JUS/1625/2016 (modificada por la Orden JUS/1018/2022) desarrolla estos supuestos en su artículo 10: concreta la lista de países, admite determinados certificados oficiales de español como alternativa al DELE y regula la dispensa para casos de analfabetismo, dificultades de aprendizaje o escolarización en España. Conviene distinguir desde ya dos conceptos que el propio BOE separa:

  • Exención: opera de forma automática. No se solicita; se acredita con documentos (pasaporte, diploma, certificado).
  • Dispensa: hay que pedirla expresamente al Ministerio antes de presentar la solicitud de nacionalidad, y el Ministerio decide.

Países exentos del DELE A2: lista completa

Los nacionales de los siguientes 20 países y territorios hispanohablantes están exentos del examen de español (art. 6.5 RD 1004/2015 y art. 10 Orden JUS/1625/2016):

RegiónPaíses y territorios exentos del DELE A2
América del SurArgentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela
América Central y CaribeCosta Rica, Cuba, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Puerto Rico, República Dominicana
América del NorteMéxico
ÁfricaGuinea Ecuatorial

Tres matices importantes que generan consultas constantes en el despacho:

  • Nacionalidad de origen, no adquirida. Según el criterio que aplica el Instituto Cervantes, la exención juega cuando la nacionalidad del país hispanohablante es la de origen. Si eres, por ejemplo, ciudadano haitiano que adquirió después la nacionalidad dominicana, la Administración puede exigirte el DELE. Si es tu caso, conviene revisarlo antes de presentar.
  • Filipinas no está en la lista. Aunque los filipinos disfrutan del plazo reducido de residencia de 2 años, igual que los iberoamericanos, el español no es idioma oficial en Filipinas y por tanto sí deben superar el DELE A2. Lo mismo ocurre con Brasil, Haití, Belice o Andorra: plazos favorables en algunos casos, pero sin exención de idioma.
  • Puerto Rico sí está exento. Es un territorio, no un Estado, pero la norma habla de "países o territorios" y lo incluye expresamente. Sus ciudadanos (nacionales de EE. UU.) no hacen el DELE.

¿Cómo se acredita? Con el pasaporte en vigor o el certificado de nacionalidad del país de origen que ya aportas al expediente. No hay que rellenar ningún formulario adicional.

Exentos por tener ya un DELE (de cualquier fecha)

Quien ya obtuvo en el pasado un diploma DELE de nivel A2, B1, B2, C1 o C2 está exento de volver a examinarse. El diploma DELE tiene validez indefinida: el Instituto Cervantes confirma que sirven incluso los expedidos antes de 2008. Si aprobaste un DELE B1 hace quince años para trabajar o estudiar, ese título vale hoy para tu expediente de nacionalidad.

Esto marca una diferencia práctica con el certificado CCSE, que caduca a los 4 años. Es perfectamente posible tener un DELE válido y un CCSE caducado: en ese caso solo tendrías que repetir el CCSE.

Títulos y certificados de español que sustituyen al DELE

El artículo 10 de la Orden JUS/1625/2016 admite, como alternativa al DELE, determinados certificados oficiales de conocimiento del español expedidos en España:

  • Certificados de nivel básico (A2), intermedio (B1) o avanzado (B2) de las enseñanzas oficiales de idiomas: los expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), por el Ministerio de Educación o por las consejerías de educación autonómicas.
  • Los antiguos Certificados de Aptitud y certificaciones académicas de Ciclo Elemental de las EOI, conforme a la normativa que los regulaba.

Ojo con lo que no vale por sí solo: certificados de academias privadas, títulos SIELE u otros diplomas no contemplados en la Orden no sustituyen automáticamente al DELE. Si tu título es distinto de los listados, lo prudente es verificarlo antes de presentar el expediente o plantear una dispensa.

Menores de 18 años y personas con capacidad modificada judicialmente

El artículo 6.6 del RD 1004/2015 excluye de las pruebas —de las dos, DELE y CCSE— a los menores de 18 años y a las personas con la capacidad modificada judicialmente. Su integración se acredita por otra vía: certificados de los centros de formación, acogida o residencia donde estén escolarizados o atendidos (informes del colegio, certificado de escolarización, informes del centro de día, etc.).

Para las personas con discapacidad que sí deben examinarse, el Instituto Cervantes está obligado a ofrecer adaptaciones (más tiempo, formatos accesibles, apoyos). Y en los casos más graves cabe pedir directamente la exención: lo explicamos en detalle en dispensa de exámenes por discapacidad.

¿Estudié en España? Entonces hablamos de dispensa, no de exención

Aquí está el malentendido más extendido. Haber estudiado en España no te exime automáticamente del DELE: te abre la puerta a una dispensa, que es un procedimiento distinto regulado en el artículo 10 de la Orden JUS/1625/2016, en la redacción dada por la Orden JUS/1018/2022.

Pueden solicitar la dispensa de las pruebas, entre otros, quienes hayan estado escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria, además de las personas que no saben leer ni escribir o tienen dificultades de aprendizaje acreditadas. La solicitud se presenta ante el Ministerio antes de iniciar el expediente de nacionalidad, con modelo normalizado y documentación que pruebe la situación. El plazo máximo normativo de resolución es de 6 meses y el silencio es desestimatorio, así que conviene prepararla bien a la primera.

Tenemos guías específicas por supuesto: estudios en España sin examen, dispensa por analfabetismo y dispensa para mayores de 70 años. Y una panorámica general en nacionalidad española sin examen.

El matiz clave: estar exento del DELE no te exime del CCSE

Es la trampa en la que caen miles de solicitantes cada año, sobre todo iberoamericanos. Ser argentino, colombiano o mexicano te libra del examen de idioma, pero no del CCSE, la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales. Salvo que estés en un supuesto propio de exención o dispensa del CCSE (minoría de edad, capacidad modificada, dispensa concedida o determinados estudios cursados en España), tendrás que examinarte.

El CCSE consta de 25 preguntas tipo test en 45 minutos, se aprueba con 15 aciertos y la tasa es de 85 €, con derecho a dos convocatorias en 18 meses. Se convoca el último jueves de cada mes, salvo agosto y diciembre; tienes el calendario completo en convocatorias CCSE 2026 y puedes comprobar tu nota en resultados CCSE. El certificado, recuerda, caduca a los 4 años: preséntalo dentro de plazo.

Tabla resumen: quién hace qué examen

Situación¿DELE A2?¿CCSE?
Nacional (de origen) de país hispanohablanteExentoObligatorio
Diploma DELE A2 o superior previoExento (validez indefinida)Obligatorio
Certificado EOI / oficial de nivel A2, B1 o B2ExentoObligatorio
Menor de 18 añosExentoExento
Capacidad modificada judicialmenteExentoExento
ESO superada en EspañaDispensa (previa solicitud)Dispensa (previa solicitud)
Analfabetismo o dificultades de aprendizajeDispensa (previa solicitud)Dispensa (previa solicitud)
Resto de solicitantes mayores de edadObligatorioObligatorio

Preguntas frecuentes

Soy de Brasil (o de Haití). ¿Estoy exento del DELE A2?

No. La exención solo alcanza a los nacionales de países y territorios donde el español es idioma oficial, y ni el portugués ni el criollo haitiano lo son. Los brasileños sí disfrutan del plazo reducido de 2 años de residencia por ser iberoamericanos, pero deben superar el DELE A2 y el CCSE como cualquier otro solicitante.

¿Los filipinos tienen que hacer el DELE A2?

Sí. Filipinas tiene plazo privilegiado de residencia de 2 años, pero no figura en la lista de países exentos del DELE porque el español no es allí idioma oficial. Es uno de los casos donde plazo reducido y exención de idioma no van de la mano.

Tengo doble nacionalidad y una de ellas es de un país hispanohablante. ¿Me libro del examen?

Depende de si esa nacionalidad es la de origen o la adquiriste después. El criterio aplicado es que la exención opera con la nacionalidad de origen; si la hispanohablante es sobrevenida, pueden exigirte el DELE. Es un supuesto delicado que conviene analizar caso por caso antes de presentar el expediente.

Mi DELE es de hace más de 10 años. ¿Sigue valiendo?

Sí. El diploma DELE tiene validez indefinida y el Instituto Cervantes admite incluso los anteriores a 2008. No ocurre lo mismo con el certificado CCSE, que caduca a los 4 años: si tu CCSE es antiguo, tendrás que repetir esa prueba aunque tu DELE siga siendo válido.

Estoy exento del DELE. ¿Tengo que comunicarlo o pedir algo al Ministerio?

No. La exención del artículo 6.5 del RD 1004/2015 es automática: se acredita con el pasaporte (países hispanohablantes) o con el diploma o certificado correspondiente, documentos que ya forman parte del expediente. Solo la dispensa (analfabetismo, dificultades de aprendizaje, escolarización en España) exige una solicitud previa expresa.

Estoy exento del DELE, ¿también del CCSE?

No, salvo que encajes en un supuesto propio del CCSE (menor de edad, capacidad modificada judicialmente, dispensa concedida o determinados estudios oficiales cursados en España). La nacionalidad de un país hispanohablante solo exime del examen de idioma. Puedes practicar con nuestro simulador CCSE antes de tu convocatoria.

Si estás exento del DELE, el resto del expediente sigue siendo el de siempre: documentación, tasas, plazos y, con frecuencia, requerimientos. En Lexmovea llevamos tramitando nacionalidades desde 2015, con más de 450 concedidas, y sabemos que una exención mal acreditada puede costar un requerimiento de subsanación o meses de retraso.

¿Dudas sobre si estás exento del DELE o necesitas una dispensa?

Revisamos tu caso, te decimos qué examen te toca (o cuál no) y preparamos la dispensa si procede. Escríbenos por WhatsApp al +34 611 44 42 01 o reserva directamente tu consulta.

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