Nacionalidad española para marroquíes: requisitos, documentos y plazos
Guía elaborada por el equipo de Lexmovea Abogados · Revisado el 31/07/2026 por abogado colegiado ICAS nº 15702

Respuesta directa: un ciudadano marroquí necesita, con carácter general, 10 años de residencia legal y continuada en España inmediatamente anteriores a la solicitud (art. 22.1 del Código Civil), aprobar dos exámenes del Instituto Cervantes —el CCSE y el DELE A2, del que los marroquíes no están exentos—, acreditar buena conducta cívica con antecedentes penales limpios en España y en Marruecos, y pagar la tasa 790-026 de 104,05 €. Excepción clave: el hijo de marroquíes nacido en España solo necesita 1 año de residencia legal.
Los nacionales de Marruecos son, junto con los de China, Pakistán o Senegal, uno de los colectivos que más nacionalidades por residencia solicita en España y, al mismo tiempo, uno de los que más denegaciones y requerimientos sufre. El motivo no es ninguna norma especial contra los marroquíes: es la combinación de un plazo largo (10 años) que exige continuidad perfecta, una documentación de origen compleja (partidas y casier judiciaire en árabe o francés, con apostilla y traducción jurada) y los dos exámenes obligatorios. En esta guía explicamos cada punto como lo trabajamos en el despacho, con más de 450 nacionalidades concedidas desde 2015.
¿Cuántos años de residencia necesita un marroquí para la nacionalidad española?
Diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Así lo fija el artículo 22.1 del Código Civil. Marruecos no forma parte de los países iberoamericanos, por lo que no se aplica el plazo reducido de 2 años reservado a iberoamericanos, filipinos, andorranos, portugueses, ecuatoguineanos y sefardíes. Es un error frecuente en consultas: la cercanía geográfica y los lazos históricos con España no reducen el plazo.
Sí existen supuestos que acortan el tiempo, porque dependen de la situación personal y no del país de origen:
- 1 año: nacido en territorio español; casado con español o española (con un año de matrimonio y convivencia al solicitar); viudo/a de español; o quien haya estado sujeto legalmente a tutela o acogimiento por ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos.
- 5 años: quienes tengan reconocida la condición de refugiado.
Fuera de esos casos, el plazo general de 10 años se aplica íntegro. Puedes ver el detalle de esta vía en nuestra página sobre la nacionalidad española por 10 años de residencia.
Qué interrumpe la continuidad de los 10 años (y cómo evitarlo)
La residencia debe ser legal y continuada. La Administración y la Audiencia Nacional examinan con lupa dos frentes:
1. Ausencias de España
Los viajes a Marruecos por vacaciones o motivos familiares no rompen la continuidad si son puntuales y breves. El problema aparece con ausencias prolongadas —como criterio práctico, estancias fuera superiores a los seis meses continuados o salidas muy frecuentes y extensas— que pueden llevar a considerar que el solicitante trasladó su residencia efectiva fuera de España. Los sellos del pasaporte, el historial de vida laboral y el empadronamiento histórico son las pruebas que se contrastan.
2. Interrupciones en la legalidad de la residencia
- Huecos entre tarjetas: dejar caducar la TIE y renovarla fuera de plazo puede generar periodos de irregularidad que reinician o descuentan el cómputo.
- Estancia por estudios: la estancia de estudiante no es residencia legal a efectos de nacionalidad; el cómputo empieza con la primera autorización de residencia (por ejemplo, tras un arraigo o una modificación a residencia y trabajo).
- Irregularidad sobrevenida: perder la autorización por una denegación de renovación y recuperarla después deja un vacío que la Administración detecta al revisar el histórico.
Antes de presentar, en el despacho reconstruimos el histórico completo de autorizaciones y empadronamiento del cliente marroquí: si hay un hueco, es mejor saberlo antes que recibir una denegación dos años después.
DELE A2 y CCSE: los marroquíes deben aprobar los dos exámenes
A diferencia de los solicitantes hispanohablantes, que solo se examinan del CCSE, los ciudadanos marroquíes deben superar ambas pruebas del Instituto Cervantes:
- DELE A2 (o superior): acredita el conocimiento básico del español. Marruecos no es país hispanohablante, así que no hay exención por nacionalidad. Sí quedan exentos, entre otros, quienes hayan cursado la ESO en España o tengan un título oficial español que acredite el idioma, y los menores de 18 años.
- CCSE: examen de conocimientos constitucionales y socioculturales. Son 25 preguntas tipo test y se aprueba con 15 aciertos; la inscripción cuesta 85 € e incluye una segunda convocatoria si se suspende la primera. Tienes el temario, fechas y trucos en nuestra guía del examen CCSE para la nacionalidad.
Ambos diplomas no caducan a efectos de nacionalidad, por lo que recomendamos aprobarlos con antelación, incluso antes de cumplir los 10 años, y presentar la solicitud el mismo día en que se completa el plazo.
Documentación marroquí: casier judiciaire, partidas y apostilla
La documentación de origen es donde más expedientes marroquíes se atascan. Estos son los tres bloques críticos:
Certificado de antecedentes penales de Marruecos (casier judiciaire)
Se aporta la ficha o extracto del registro de antecedentes judiciales (extrait du casier judiciaire) expedido por el Ministerio de Justicia marroquí, hoy solicitable también por vía telemática. Debe estar en vigor en el momento de la presentación (los certificados marroquíes suelen tener una validez de 3 meses), apostillado y traducido por traductor jurado. Los antecedentes cancelables conviene cancelarlos formalmente antes de solicitar: la buena conducta cívica se valora tanto con los antecedentes españoles como con los marroquíes. Explicamos los matices en el artículo sobre antecedentes penales y nacionalidad española.
Apostilla de La Haya: sí, vale para Marruecos
Circula todavía mucha información desactualizada que afirma que los documentos marroquíes necesitan legalización consular en cadena. Es incorrecto: Marruecos es parte del Convenio de La Haya desde 2016, de modo que la partida de nacimiento y el casier judiciaire se legalizan con una simple apostilla emitida por la autoridad marroquí competente, sin pasar por el consulado. Es más rápido, más barato y plenamente válido ante el Ministerio de Justicia español.
Partida de nacimiento y traducción jurada del árabe o francés
Se exige la copia literal e íntegra del acta de nacimiento (copie intégrale de l'acte de naissance) expedida por el registro civil marroquí, apostillada y acompañada de traducción jurada al español realizada por traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los documentos marroquíes se emiten en árabe o en formato bilingüe árabe-francés: ambos requieren traducción jurada; el francés no está exento.
Transcripción de nombres: un detalle que denega expedientes
Los nombres árabes admiten varias transliteraciones al alfabeto latino (Mohamed / Mohammed / Muhammad; El Amrani / Al Amrani). Si el nombre del pasaporte, la TIE, la partida de nacimiento y su traducción no coinciden letra por letra, el expediente sufre requerimientos o se archiva. Antes de presentar, verificamos la coherencia de grafías en todos los documentos y, si hay discrepancias, las salvamos con certificados de concordancia consulares o notas del traductor jurado.
| Requisito | Detalle para ciudadanos marroquíes |
|---|---|
| Residencia legal | 10 años continuados (1 año si nació en España; 1 año por matrimonio con español) |
| Exámenes | DELE A2 + CCSE (25 preguntas, aprueba con 15; 85 €) |
| Antecedentes penales | España (CGPJ/Ministerio) + Marruecos (casier judiciaire apostillado y traducido) |
| Partida de nacimiento | Copia literal marroquí + apostilla de La Haya + traducción jurada |
| Tasa 790-026 | 104,05 € |
| Plazo de resolución | 12 meses; silencio negativo (art. 11.3 RD 1004/2015) |
Doble nacionalidad España–Marruecos: qué pasa de verdad con la renuncia
España no tiene convenio de doble nacionalidad con Marruecos, por lo que en el acto de jura el solicitante marroquí debe declarar formalmente la renuncia a su nacionalidad anterior (art. 23 del Código Civil). Ahora bien, conviene explicar este punto con precisión: esa renuncia se realiza ante el Registro Civil español y la legislación marroquí no reconoce la pérdida de su nacionalidad por esa declaración; la nacionalidad marroquí solo se pierde por los cauces internos previstos en su propio derecho. El resultado práctico es que muchos ciudadanos conservan de facto ambas nacionalidades y ambos pasaportes.
Nuestra recomendación como despacho es prudente: cumple escrupulosamente la declaración exigida por la ley española, usa el DNI y pasaporte españoles ante las autoridades españolas y consulta cualquier duda sobre tus obligaciones en Marruecos (herencias, propiedades, documentación de los hijos) antes de la jura. Es un tema que revisamos caso por caso en consulta.
Menores marroquíes nacidos en España: solo 1 año de residencia
Es la vía más desaprovechada por las familias marroquíes. El hijo de padres marroquíes nacido en territorio español puede obtener la nacionalidad con solo 1 año de residencia legal (art. 22.2.a del Código Civil), sin esperar a que los padres cumplan sus 10 años. La solicitud la presentan los padres como representantes legales, el menor está exento del DELE y del CCSE, y en la práctica muchos niños nacidos en España pueden ser españoles antes de cumplir los dos años de edad. Además, cuando uno de los progenitores obtiene la nacionalidad, los hijos menores no nacidos en España pueden acogerse a la nacionalidad por opción. Planificar el orden de las solicitudes de toda la familia suele ahorrar años de trámites.
Procedimiento, tasa y plazos de resolución
- Preparación del expediente: histórico de residencia, exámenes aprobados, documentos marroquíes apostillados y traducidos.
- Presentación telemática ante el Ministerio de Justicia y pago de la tasa 790-026 (104,05 €).
- Tramitación: el plazo legal de resolución es de 12 meses (art. 11.3 del RD 1004/2015). Transcurrido sin respuesta, el silencio es negativo, lo que abre la puerta a reclamar en vía judicial para desbloquear el expediente.
- Resolución: si es denegatoria expresa, cabe recurso de reposición en 1 mes o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en 2 meses (art. 46 de la LJCA). El recurso de alzada no procede en esta materia.
- Jura: concedida la nacionalidad, hay 180 días para jurar o prometer ante el Registro Civil (cita a través del sistema DICIREG), declarar la renuncia y, después, obtener DNI y pasaporte.
El estado del expediente puede seguirse en la plataforma Cómo va lo mío del Ministerio de Justicia.
Preguntas frecuentes de solicitantes marroquíes
¿Por qué los marroquíes necesitan 10 años y los latinoamericanos solo 2?
El artículo 22.1 del Código Civil reserva el plazo de 2 años a los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y a los sefardíes. Marruecos no está en esa lista, así que rige el plazo general de 10 años. No hay ninguna vía para que un marroquí se acoja al plazo de 2 años por su nacionalidad.
¿Pierdo la nacionalidad marroquí al obtener la española?
Ante España deberás declarar la renuncia en el acto de jura, porque no existe convenio de doble nacionalidad. Sin embargo, el derecho marroquí no reconoce la pérdida de su nacionalidad por esa declaración, por lo que en la práctica la mayoría de los ciudadanos conserva ambas de facto. Analiza tu situación concreta antes de la jura, especialmente si tienes bienes o intereses en Marruecos.
¿Mis documentos marroquíes en francés necesitan traducción jurada?
Sí. Todo documento que no esté en español —esté en árabe o en francés— debe acompañarse de traducción realizada por traductor jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español. Además, el documento original debe llevar la apostilla de La Haya, válida para Marruecos desde 2016.
¿Cuánto tiempo es válido el casier judiciaire marroquí?
Los certificados de antecedentes marroquíes suelen tener una validez de unos 3 meses, así que conviene pedirlo al final de la preparación del expediente, cuando el resto de la documentación ya esté lista, y presentarlo apostillado y traducido dentro de ese periodo.
¿Cuentan mis años como estudiante para los 10 años?
La estancia por estudios no es residencia legal a efectos de nacionalidad. El cómputo de los 10 años comienza con tu primera autorización de residencia (por ejemplo, tras un arraigo o una modificación de estancia a residencia y trabajo).
Mi hijo nació en Madrid, ¿tiene que esperar 10 años como yo?
No. Por haber nacido en España solo necesita 1 año de residencia legal. Sus padres pueden solicitar su nacionalidad como representantes legales, sin exámenes, aunque ellos aún no cumplan el plazo general.
¿Cuánto tarda en resolverse la nacionalidad de un marroquí?
El plazo legal es de 12 meses, aunque muchos expedientes tardan más. Pasado ese plazo sin resolución, el silencio es negativo y puede reclamarse judicialmente para forzar el desbloqueo. Que el expediente sea de un ciudadano marroquí no implica un plazo distinto, pero los errores documentales (grafías, apostillas, caducidades) sí provocan requerimientos que alargan meses la tramitación.
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