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Nacionalidad española para dominicanos

Guía elaborada por Lexmovea Abogados · Colegiado ICAS nº 15702 · Revisado el 31/07/2026

Nacionalidad para dominicanos — nacionalidad española

Respuesta directa: si eres dominicano, puedes solicitar la nacionalidad española con solo 2 años de residencia legal y continuada en España (art. 22.1 del Código Civil), y 1 año si estás casado con español o española. Además, conservas tu nacionalidad dominicana: existe convenio de doble nacionalidad entre España y la República Dominicana desde 1968. Estás exento del examen DELE por ser hispanohablante; solo necesitas aprobar el CCSE y pagar la tasa de 104,05 €.

¿Cuántos años de residencia necesita un dominicano para la nacionalidad española?

La República Dominicana es un país iberoamericano y, por tanto, sus nacionales se benefician del plazo reducido de 2 años que el artículo 22.1 del Código Civil reserva a los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes. Es la misma vía privilegiada que explicamos en nuestra página sobre la nacionalidad española en 2 años para iberoamericanos, frente a los 10 años del régimen general.

Ese plazo se reduce todavía más en algunos supuestos:

  • 1 año si llevas al menos un año casado con ciudadano español y no estáis separados (vía que detallamos en nacionalidad por matrimonio).
  • 1 año si naciste en territorio español o eres viudo/a de español no separado al fallecer el cónyuge.

Tres precisiones importantes que resolvemos a diario en el despacho:

  • La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud: con TIE en vigor o tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
  • La estancia por estudios no computa como residencia legal a efectos de nacionalidad: los 2 años empiezan a contar desde la primera autorización de residencia (por ejemplo, tras un arraigo o al pasar de estudiante a residente).
  • Las salidas prolongadas de España (varios meses seguidos) pueden romper la continuidad. Si tienes dudas sobre tus fechas, utiliza nuestra calculadora de plazos de nacionalidad.

Doble nacionalidad España–República Dominicana: conservas tu pasaporte dominicano

Es una de las grandes ventajas para los dominicanos. España y la República Dominicana firmaron un Convenio de doble nacionalidad el 15 de marzo de 1968, y la propia Constitución dominicana admite expresamente que sus nacionales adquieran otra nacionalidad sin perder la dominicana. En la práctica:

  • En el acto de jura harás una renuncia meramente formal que, para los iberoamericanos, no tiene efectos reales: la República Dominicana no te retira su nacionalidad.
  • Podrás mantener ambos pasaportes, votar en ambos países y transmitir las dos nacionalidades a tus hijos.

Explicamos el detalle jurídico en nuestro artículo sobre la doble nacionalidad en España.

Documentos dominicanos para la nacionalidad española

La parte más delicada del expediente de un solicitante dominicano no suele estar en España, sino en los documentos que hay que traer de la República Dominicana. La buena noticia: al estar en español, no necesitan traducción jurada, solo apostilla.

DocumentoQuién lo expideClaves
Acta de nacimiento inextensaJunta Central Electoral (JCE)Legalizada por la JCE y apostillada. Debe ser la versión inextensa (literal), no el extracto.
Certificado de no antecedentes penalesProcuraduría General de la RepúblicaApostillado. Vigencia limitada: preséntalo antes de que caduque.
Pasaporte dominicano completoDirección General de PasaportesEn vigor; se aporta copia íntegra de todas las páginas.
Acta de matrimonio (si aplica)JCE / Registro Civil españolApostillada si es dominicana; imprescindible en la vía del año por matrimonio.
Certificado de antecedentes penales españoles y empadronamientoAdministración españolaCon firma digital podemos obtenerlos y aportarlos por ti.

El acta de nacimiento de la JCE: el documento que más expedientes complica

El Registro Civil español exige el acta inextensa (certificación literal) emitida por la Junta Central Electoral, legalizada por su Oficina Central del Estado Civil y después apostillada conforme al Convenio de La Haya, del que la República Dominicana forma parte desde 2009 (te contamos cómo funciona en nuestra guía de la apostilla de La Haya). Los problemas que más vemos en actas dominicanas:

  • Declaraciones tardías de nacimiento: muchísimos dominicanos fueron inscritos años después de nacer. El Ministerio no deniega por ello, pero sí puede pedir aclaraciones; conviene anticiparlo aportando el acta completa donde conste la declaración tardía y, si existe, la sentencia o resolución que la autorizó.
  • Errores en nombres, apellidos o fechas entre el acta, la cédula, el pasaporte y el TIE: una sola letra distinta puede provocar un requerimiento. Si hay discrepancias, hay que rectificar el acta ante la JCE (o judicialmente en la República Dominicana) antes de presentar la solicitud.
  • Actas de libros deteriorados o reconstruidos, con anotaciones marginales confusas que conviene revisar con lupa antes de apostillar.

Revisar el acta antes de presentar es la diferencia entre un expediente limpio y un año perdido en subsanaciones.

Certificado de no antecedentes penales dominicano

Lo expide la Procuraduría General de la República y puede solicitarse en línea a través de su portal de servicios, lo que permite tramitarlo sin viajar. Después debe apostillarse en la República Dominicana. Dos avisos prácticos:

  • Tiene vigencia limitada: calcula bien los tiempos para que no esté caducado en el momento de presentar la solicitud. Lo ideal es pedirlo cuando el resto del expediente ya está preparado.
  • Debe cubrir tu identidad exacta: si tu cédula o pasaporte tienen variantes de nombre, corrígelas antes. En nuestra guía sobre antecedentes penales y nacionalidad explicamos cómo valora el Ministerio este requisito y qué ocurre con antecedentes cancelables.

Exámenes: CCSE obligatorio, DELE exento

Como hispanohablante, estás exento del examen DELE A2 de idioma. Solo debes superar la prueba CCSE del Instituto Cervantes (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España): 25 preguntas tipo test, se aprueba con 15 aciertos y la inscripción cuesta 85 €. Con preparación básica, la inmensa mayoría de nuestros clientes dominicanos la aprueba a la primera. Puedes practicar con nuestro test CCSE gratuito online. Están exentos del CCSE los menores de edad y quienes tengan escolarización reconocida en España en los términos previstos por la normativa.

Cómo se presenta la solicitud y cuánto tarda

  1. Preparación del expediente: reunimos actas de la JCE apostilladas, antecedentes de la Procuraduría, CCSE aprobado, empadronamiento y pasaportes.
  2. Pago de la tasa 790-026: 104,05 €. Te explicamos el paso a paso en la guía de la tasa 790-026 de nacionalidad.
  3. Presentación telemática ante el Ministerio de Justicia conforme al RD 1004/2015, con firma digital de abogado: entra directamente en tramitación, sin colas ni cita.
  4. Seguimiento: el estado se consulta en Cómo va lo mío; respondemos cualquier requerimiento de subsanación.

El plazo legal de resolución es de 12 meses (art. 11.3 del RD 1004/2015) y el silencio administrativo es negativo: si pasa el año sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada a efectos de poder reclamar, aunque el expediente sigue vivo y frente al silencio no corre plazo preclusivo para recurrir. En ese escenario cabe la aceleración del expediente por silencio ante la Audiencia Nacional, que en la práctica fuerza al Ministerio a resolver. Si recibes una denegación expresa, dispones de 1 mes para reposición potestativa o 2 meses para recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional (art. 46 de la LJCA).

Concesión, jura y DNI

Concedida la nacionalidad, tienes 180 días para jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución (art. 23 del Código Civil). La cita se gestiona ante el Registro Civil a través del sistema DICIREG. En la jura harás la renuncia formal a tu nacionalidad anterior que, como dominicano, no te hace perderla. Después: inscripción de nacimiento, DNI y pasaporte español. Te contamos cada paso en la guía de la jura de nacionalidad.

¿Y la Ley de Memoria Democrática?

Muchos dominicanos con abuelos españoles preguntan por la Ley 20/2022 de Memoria Democrática. Debes saber que esta vía está cerrada a nuevas solicitudes desde el 22 de octubre de 2025; solo continúan tramitándose los expedientes ya presentados (alrededor de 876.000 en todo el mundo). Si eres hijo de padre o madre española, sigue abierta la nacionalidad por opción. Para el resto, la vía realista es la nacionalidad por residencia con el plazo privilegiado de 2 años.

Por qué tramitarla con un despacho especializado

Desde 2015 hemos gestionado más de 3.500 expedientes de extranjería y más de 450 nacionalidades concedidas, muchas de ellas de clientes dominicanos. Nuestro valor no está en rellenar un formulario: está en detectar el error del acta de la JCE antes de que lo detecte el Ministerio, en calcular bien la continuidad de tu residencia y en reaccionar con recurso si el expediente se atasca o se deniega. Presentamos telemáticamente, sin que tengas que desplazarte, estés en Madrid, en cualquier punto de España o incluso preparando documentos desde Santo Domingo.

Preguntas frecuentes de dominicanos sobre la nacionalidad española

¿Un dominicano pierde su nacionalidad al hacerse español?

No. Existe convenio de doble nacionalidad entre España y la República Dominicana desde 1968 y la Constitución dominicana permite la doble nacionalidad. La renuncia que se pronuncia en la jura es formal y no tiene efectos reales: conservas cédula y pasaporte dominicanos.

¿Cuentan los años como estudiante en España?

No. La estancia por estudios no es residencia legal a efectos de nacionalidad. Los 2 años se cuentan desde que obtienes una autorización de residencia (arraigo, cuenta ajena, familiar de comunitario, etc.), siempre continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Mi acta de nacimiento es una declaración tardía, ¿me la van a rechazar?

No por sí misma. Las declaraciones tardías son muy frecuentes en actas dominicanas y el Ministerio lo sabe. Lo importante es aportar el acta inextensa completa, legalizada por la JCE y apostillada, y anticipar cualquier aclaración sobre la inscripción tardía para evitar requerimientos.

¿Tengo que traducir mis documentos dominicanos?

No. Al estar redactados en español, las actas de la JCE y el certificado de la Procuraduría no necesitan traducción jurada. Solo requieren legalización interna (en el caso del acta) y apostilla de La Haya.

¿Cuánto cuesta el trámite completo?

Los costes oficiales son la tasa 790-026 (104,05 €) y la inscripción al CCSE (85 €), más apostillas y expedición de documentos en la República Dominicana. Los honorarios del despacho se presupuestan de forma cerrada tras estudiar tu caso.

¿Cuánto tarda en resolverse la nacionalidad para dominicanos?

El plazo legal es de 12 meses, aunque en la práctica muchos expedientes lo superan. Pasado el año sin respuesta, el silencio es negativo y puede interponerse recurso ante la Audiencia Nacional para forzar la resolución.

Estoy casado/a con española, ¿me basta 1 año?

Sí. Con un año de residencia legal en España y al menos un año de matrimonio sin separación puedes solicitarla por la vía del matrimonio, manteniendo igualmente tu nacionalidad dominicana.

¿Cumples los 2 años? Estudiamos tu caso

Un abogado especialista revisa tu residencia, tus actas de la JCE y tus antecedentes, y te dice exactamente qué necesitas y cuándo presentar. También por WhatsApp: +34 611 44 42 01.

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