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Doble Nacionalidad en España: Quién Puede Conservarla en 2026

Publicado el 10 de abril de 2026 · Lectura 6-8 min · Revisado por abogado ICAS (Sevilla)

Una de las preguntas más frecuentes entre nuestros clientes es: "Si obtengo la nacionalidad española, ¿perderé mi nacionalidad de origen?" La respuesta depende de tu país. Aquí te lo explicamos con detalle.

¿Qué es la doble nacionalidad y cómo la regula España?

España permite la doble nacionalidad en dos grandes supuestos: mediante convenios bilaterales suscritos con determinados países, y a través de situaciones específicas contempladas en el Código Civil (artículos 11 y 24). Fuera de estos supuestos, la adquisición de la nacionalidad española conlleva, en principio, la obligación de renunciar a la anterior.

Sin embargo, la renuncia es una mera declaración formal ante el Registro Civil español. El Derecho internacional no obliga a los países de origen a reconocerla, por lo que en la práctica muchos ciudadanos mantienen ambos pasaportes. El problema surge cuando la persona quiere ejercer derechos en su país de origen siendo ya española: deberá atenerse a las leyes internas de ese país.

Países con los que España tiene convenio de doble nacionalidad

España ha firmado tratados de doble nacionalidad con los siguientes países iberoamericanos, reconociendo automáticamente la doble nacionalidad sin necesidad de renuncia:

  • Argentina · Bolivia · Chile · Colombia
  • Costa Rica · Cuba · Ecuador · Guatemala
  • Honduras · México · Nicaragua · Panamá
  • Paraguay · Perú · República Dominicana · Uruguay · Venezuela
  • Filipinas · Andorra · Portugal · Guinea Ecuatorial

Si eres nacional de alguno de estos países, al obtener la nacionalidad española conservas automáticamente tu nacionalidad de origen. No tienes que renunciar a nada. El Ministerio de Justicia simplemente inscribirá la concesión y podrás usar ambos pasaportes según las leyes de cada país.

¿Y si mi país no tiene convenio con España?

Si eres ciudadano de un país fuera de esa lista (por ejemplo, Marruecos, China, Senegal, Nigeria, Ucrania, India, Pakistán, etc.), la normativa española exige que, al adquirir la nacionalidad, declares la renuncia a tu anterior. Esta declaración se formaliza ante el encargado del Registro Civil al hacer la jura.

Ahora bien, España no puede obligar a tu país de origen a reconocer esa renuncia. En la práctica, muchos países no modifican sus registros internos y el ciudadano sigue constando como nacional. El resultado práctico es que muchas personas terminan usando los dos pasaportes sin problemas, aunque jurídicamente, en España, solo tienen la española.

El riesgo real aparece si el país de origen descubre que adquiriste otra nacionalidad y su legislación interna prevé la pérdida automática de la propia. En ese caso, podrías quedarte sin el pasaporte de origen sin saberlo. Por eso recomendamos siempre consultar la legislación del país de origen antes de la jura.

Casos especiales: hijos de españoles y nacionalidad por opción

Los hijos de padre o madre española que adquieren la nacionalidad por opción también mantienen la doble nacionalidad, independientemente del país de origen. El artículo 20 del Código Civil establece que la opción no exige renuncia, lo que la convierte en una vía particularmente ventajosa para los hijos de emigrantes españoles nacidos en el extranjero.

Lo mismo aplica a los nietos de españoles que acceden a través de la Ley de Memoria Democrática: la nationalidad concedida es adicional, sin obligación de renunciar a la que ya tenían.

Trámites prácticos: cómo hacer constar ambas nacionalidades

Si tu país tiene convenio con España, una vez concedida la nacionalidad española deberás acudir al Consulado de tu país en España (o directamente en el país) para actualizar tus datos y solicitar un nuevo pasaporte del país de origen si el anterior ha caducado. España, por su parte, te expedirá el DNI y el pasaporte español.

En cuanto a la tributación, ten en cuenta que España aplica el criterio de residencia habitual: si resides en España más de 183 días al año, tributas aquí como residente fiscal, independientemente de cuántos pasaportes tengas. La doble nacionalidad no implica doble tributación, aunque conviene revisar el Convenio de Doble Imposición entre España y tu país de origen.

Preguntas frecuentes sobre la doble nacionalidad española

¿Puedo renovar mi pasaporte del país de origen después de obtener la española?

Sí, si hay convenio bilateral. Acude al Consulado de tu país con tu documentación. La embajada o consulado no puede negarse a renovarte el pasaporte por haber adquirido la española si existe tratado de doble nacionalidad.

¿Qué pasa si viajo al país de origen con el pasaporte de ese país siendo ya español?

Es perfectamente posible y habitual. Usa el pasaporte español para entrar y salir de la UE, y el de tu país de origen para entrar en él si así lo requiere su legislación. Sin embargo, en caso de conflicto legal en ese país, podrías ser tratado solo como nacional del mismo y no tener protección consular española.

¿Pierdo la nacionalidad española si vuelvo a vivir en mi país de origen?

No automáticamente. La pérdida de la nacionalidad española está regulada en el artículo 24 del Código Civil y requiere ciertos supuestos específicos (como la emancipación voluntaria de la española durante tres años sin actividad consular). Simplemente vivir en el extranjero no te hace perder la española.

LM

Sobre el autor

Contenido revisado por Francisco Antonio Campos Notario, abogado colegiado ICAS nº 15702, especialista en nacionalidad española y extranjería con más de 10 años de experiencia.

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