¿Cuánto Tarda la Nacionalidad Española en 2026? Plazos Reales
Publicado el 20 de marzo de 2026 · Actualizado: mayo 2026 · Lectura 6-8 min · Revisado por abogado ICAS (Sevilla)
El plazo legal para resolver la nacionalidad española es de 12 meses. La realidad de 2026 es diferente: la mayoría de expedientes tarda entre 14 y 22 meses. Te explicamos por qué y qué puedes hacer si llevas demasiado tiempo esperando.
El plazo legal: 12 meses desde la presentación
El Real Decreto 1004/2015, que regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, establece un plazo máximo de resolución de 12 meses contados desde la fecha de presentación del expediente completo. Transcurrido ese plazo sin resolución, se produce el llamado silencio administrativo negativo: la solicitud se entiende denegada por no resolución, lo que habilita al solicitante a recurrir.
La realidad en 2026: plazos medios por modalidad
Los plazos reales que observamos en la práctica del despacho en 2026 son los siguientes:
- Nacionalidad por residencia (10 años): 16-22 meses en expedientes sin incidencias.
- Nacionalidad por 2 años (iberoamericanos): 14-20 meses.
- Nacionalidad por matrimonio (1 año): 12-18 meses.
- Nacionalidad por opción (hijos de español): 12-18 meses.
- Sefardíes: Los expedientes pendientes del régimen especial (Ley 12/2015) ya no admiten nuevas solicitudes, pero los ya tramitados siguen resolviéndose con plazos de 18-30 meses.
Estos plazos pueden variar en función del volumen de expedientes que gestione la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en cada momento, de la existencia de subsanaciones y de la complejidad del caso.
¿Por qué tarda tanto? Las causas reales
El Ministerio de Justicia recibe decenas de miles de solicitudes al año. La acumulación de expedientes, la necesidad de verificar documentación con países de origen, las consultas a la Policía Nacional (antecedentes, padrón, permisos de residencia) y las subsanaciones de documentación incompleta son los principales factores que alargan los plazos.
Los expedientes presentados de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio suelen tramitarse algo más rápido que los presenciales, aunque la diferencia no es siempre significativa. La calidad de la documentación aportada desde el inicio es el factor más determinante: un expediente completo y correcto desde el primer día evita subsanaciones y acorta el plazo real.
Si llevas más de 12 meses esperando: el recurso contencioso-administrativo
Cuando el Ministerio no resuelve en 12 meses, tienes derecho a interponer un recurso contencioso-administrativo por silencio negativo ante la Audiencia Nacional. Este recurso, correctamente fundamentado, obtiene sentencia favorable en la inmensa mayoría de los casos y obliga al Ministerio a resolver en un plazo de 3 a 6 meses adicionales.
En Lexmovea tramitamos estos recursos con regularidad. El proceso es completamente online y no requiere tu presencia en ningún juzgado ni en España. Nuestra tasa de éxito en aceleraciones mediante contencioso-administrativo supera el 97%.
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Cómo saber en qué fase está tu expediente
El Ministerio de Justicia ofrece un servicio de consulta del estado del expediente a través de su Sede Electrónica. Accede a sede.mjusticia.gob.es con tu certificado digital o Cl@ve y busca "Consulta de expediente de nacionalidad". Necesitarás el número de expediente que figura en el resguardo de presentación.
Los estados habituales son: "Pendiente de instrucción", "En tramitación", "Pendiente de resolución", "Subsanación requerida" y "Resuelto". Si llevas más de 6 meses en "Pendiente de instrucción" sin movimiento, es una señal de que el expediente puede estar atascado y conviene consultar con un abogado.
Consejos para no retrasar tu expediente
- Presenta toda la documentación correcta desde el inicio. Una subsanación puede añadir 3-6 meses al plazo.
- Verifica las apostillas antes de presentar. Las apostillas de ciertos países solo son válidas cuando las emite la autoridad competente central, no oficinas locales.
- No esperes a que los documentos caduquen. Los certificados de antecedentes penales y empadronamiento tienen vigencia de 3 meses. Presenta el mismo día o al día siguiente de obtenerlos.
- Revisa el correo y la Sede Electrónica regularmente. Si hay una subsanación, tienes un plazo para responder. Si no lo haces, el expediente queda archivado.